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CAMBIOS EN EL SAT POR DEVOLUCIÓN DE IMPUESTOS EN 2021.

En septiembre de 2020, se presentó el paquete económico para el ejercicio fiscal 2021, en el que se incluyó la “Iniciativa con Proyecto de Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley de ISR, IVA, IEPS y del Código Fiscal de la Federación”, la cual contiene algunas iniciativas que en caso de aprobarse estarían modificando los procesos de devolución de saldos a favor por parte de la autoridad.

A continuación, te comentamos cuales serían:

Localización del domicilio fiscal del contribuyente.
La propuesta al artículo 22 del Código Fiscal de la Federación en el que se establezca que la falta de localización del contribuyente o de su domicilio ante el RFC es causa para tomar como no presentada la solicitud de devolución.

Esta modificación no significa una negativa para la devolución del saldo a favor del contribuyente, solo tendría que presentar el aviso de actualización de su información ante la autoridad.

Cuando el contribuyente haya presentado varias solicitudes de devolución.
Se propone la modificación del artículo 22-D, fracción IV, del Código Fiscal de la Federación, si el contribuyente tiene presentadas varias solicitudes de devoluciones por un mismo tipo de contribución, la autoridad podrá ejercer facultades por cada una o la totalidad de solicitudes y podrá emitir una sola resolución.

Aumento plazo de resolución de solicitud de devolución cuando se ejerce facultades de comprobación.
Para efectos de la posible modificación al artículo 22-D, fracción IV, la autoridad podrá ampliar el plazo para emitir una resolución sobre el ejercicio de facultades de comprobación, esto con el fin de verificar la procedencia de la devolución, de 10 a 20 días hábiles con la finalidad de tener el tiempo suficiente para emitir resoluciones debidamente fundamentadas.

Conclusiones.

Te recomendamos verificar si tu domicilio se encuentra como localizado, para lo cual se deberá de contar con RFC y contraseña, en caso de que el domicilio este como no localizado, puede solicitar la verificación a través del portal del SAT, así como también estar atentos a las posibles modificaciones a las Leyes Fiscales por parte de la autoridad.

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